
Presentaron el proyecto de modificación de la ley de bosques nativos

Incorporaciones
El director general de Recursos Forestales, Fernando Román, recalcó que “en la actualización incorporamos todo lo que objetó Nación de la ley, por una cuestión de haber hecho el análisis correspondiente y entender que lo que Nación objetaba estaba correctamente planteado”.
En ese sentido, se incorporó al análisis lo que la ley nacional establece como 10 criterios de sustentabilidad ambiental en contraposición con la 2780 en donde, a pesar de establecer 17 criterios para la evaluación, finalmente se habían analizado los bosques nativos en base a tres: cota, pendiente y matriz circundante.
“En el mapa que ha resultado se encuentran valorados y ponderados los criterios de sustentabilidad dentro de esta metodología”, dijo y reconoció que “esta ley tiene más características de valoración ambiental y en ese sentido es sumamente superadora”.
Se explicó que el trabajo incluyó un análisis multicriterio, sumando más bosques de lo que en un principio estaba mapeado. Cabe aclarar que los ajustes se pueden hacer por inconsistencias o diferencias y las recategorizaciones consisten en modificaciones de las categorías.  No ha sucedido que, como se ha publicado en los últimos días, se ha sumado rojo para en otros lugares desmontar.
Román especificó que “se hizo un análisis a conciencia, se establecieron nuevos mapas de bosques con nuevos mapeos y además con determinaciones a campo después de varias tareas, entre ellas, los talleres participativos en los que la gente también ha determinado lugares en los que hay bosques, bosquetes o relictos que también tienen que ser protegidos y que hemos incorporado a la ley”. Ejemplificó que un caso es el de “la araucaria en Primeros Pinos, que ahora está incorporada en zona roja. Antes había más de 1.000 hectáreas que no estaban incorporadas ahí”.
La Ley 2780 establecía cinco colores (rojo, amarillo: naranja-amarillo urbano, y verde), pero desde la autoridad de aplicación nacional fueron objetados aquellos que no se conducen con la ley 26.331.
Algunos casos de estudio
Para la actualización se siguieron las guías metodológicas que exige la autoridad de aplicación nacional de la ley (resolución 385/2015), que fueron establecidas para unificar los tratamientos en todas las provincias.
“Para valorar los bosques nativos en toda la provincia se utilizó un análisis de tipo multicriterio, que fue ajustado para los ejidos urbanos, a raíz de los conflictos que se han generado desde la sanción de la ley. En la actualidad se está cerrando la actualización del ordenamiento de los bosques nativos, previendo la participación de los municipios de acuerdo con el propio ordenamiento con la necesidad de consideración de los presupuestos mínimos, de manera de que si se presentara una nueva urbanización, se va a tener que tratar primero en el municipio y después se verá si puede ser incorporado”, puntualizó.
Román señaló que “la sociedad local de San Martín de los Andes está en pleno conocimiento de los antecedentes del Cerro Chapelco previos a la ley, especialmente todo lo relacionado a la concesión del centro de esquí, situación que fue abordada bajo el amparo legal de la Resolución Cofema Nº 372/18, compatibilizando así los preceptos de la ley 26331 con los antecedentes imperantes, determinando una recategorización de la zona en conflicto, siempre en el marco de las competencias del ministerio de Producción e Industria”.
“Y puntualmente con Villa La Angostura, luego del dictado de la 2780, se llevó adelante localmente un trabajo participativo durante 12 meses que consistió, entre otras actividades, en la realización de talleres con el Concejo Deliberante, el Consejo Consultivo local, los Consejos profesionales, las comunidades, y los vecinos en general, para establecer de manera consensuada, el mapa que quería esa comunidad”, añadió.
“Ello se plasmó en una resolución (410/2014) con ajustes a nivel del ejido, que es una norma legal que es muy rica porque muestra lo que realmente se trabajó en la comunidad local. Posteriormente la resolución fue presentada a la Legislatura Provincial, a pedido del municipio, para ser incorporada en la ley. Fue un trabajo participativo y local que estuvo consensuado por la comunidad”, expresó.
Por último se aclaró que la autoridad de aplicación de la ley de bosques aplica la normativa de competencia, y que no está dentro de ellas autorizar loteos. Estos emprendimientos, generalmente dentro de los ejidos municipales, deben ser evaluados para ser aprobados o no por las autoridades municipales competentes.
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