
DECRETO MUNICIPAL Nº 404/20 PRORROGANDO EL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO HASTA EL 7 DE JUNIO INCLUSIVE EN PLAZA HUINCUL.

ESTABLECIENDO que el horario de atención de las siguientes actividades y servicios incluidas en el Decreto Municipal Nº 368/20 será de lunes a viernes 12:00 a 19:00 horas y los días sábado de 9:00 a 17:00:
• Lavaderos de Vehículos
• Talleres de automotores, motocicletas y bicicletas venta de repuestos, partes y piezas fabricación, venta y reparación de neumáticos.
• Comercios minoristas de venta de productos informáticos bazar y menaje papelería y librería zapatería, indumentaria, mueblerías y jugueterías, todos con atención al público limitada.
• Salones de peluquería y barberías.
• Oficinas de obras sociales y medicina prepaga
. • Inmobiliarias y Gestorías, con atención al público limitada Locales de telefonía celular, con atención al público limitada
. • Salones de venta de vehículos nuevos y/o usados, con atención al público limitada.
• Agencias de Viaje, con atención al público limitada.
Los comercios gastronómicos con modalidad “para llevar” podrán realizar entregas de productos en puerta de lunes a viernes desde las 12:00 horas hasta las 20:00 horas, y los sábados de 9:00 a 17:00 horas
En su articulo 3º ESTABLECE que el horario de atención de las siguientes actividades y servicios incluidas en el Decreto Municipal Nº 389/20 será de lunes a viernes de 12:00 a 19:00 horas y los días sábados de 9:00 a 17:00 horas
• Artistas y asistentes de la industria audiovisual y de las artes escénicas y musicales.
• Agencias y sub-agencias oficiales de lotería y quiniela
En su Artículo 4°: Se ESTABLECE que la presente norma entrará en vigencia a partir de las 00:00 horas del día 25 de Mayo de 2020
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