




Toda Vida Vale



Convocatoria de LLA en Cutral Có





El uso de protectores faciales se estableció mediante el decreto 0463/20 “sólo en aquellos lugares donde el distanciamiento social sea difícil de mantener”, en el marco de los desplazamientos mínimos e indispensables actualmente autorizados. La medida busca disminuir contagios del coronavirus.
Por otra parte, el decreto reservó la utilización de barbijos profesionales al uso exclusivo de los sectores asistenciales críticos, salud, seguridad, defensa civil y a todos aquellos que lo requieran por razón de servicio. Y comprende así a los barbijos profesionales tricapa de tela antibacterial hidrorepelente, con o sin filtro respirador; en cualquiera de sus marcas y modalidades aprobadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
La norma amplía además que, a los fines de asegurar la provisión del tipo de barbijos en sus distintos tipos para uso de los sectores asistenciales críticos, sólo se podrán comercializar o distribuir a la comunidad una vez satisfecha la demanda esencial. La medida alcanza a aquellos fabricantes y/o distribuidores de la Provincia del Neuquén.
Finalmente, el decreto informa que será el Ministerio de Salud el responsable de diseñar, realizar y difundir en forma masiva aquellos materiales audiovisuales orientados a capacitar a la población en la elaboración y utilización adecuada de distintos tipos y modalidades de protectores faciales.











