
LOCALES
ACTIVIDADES AUTORIZADAS :
1- Comercios gastronómicos, con modalidad “para llevar”.
2- Lavaderos de vehículos.
3- Talleres de automotores, motocicletas y bicicletas; venta de repuestos, partes y piezas; fabricación, venta y reparación de neumáticos
ENTRADA EN VIGENCIA: A partir de las 00.00 horas del día miércoles 6 de mayo de 2020.
CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN Todas las actividades antes mencionadas deberán ser realizadas con las modalidades de trabajo y protocolos sanitarios básicos establecidos
Adjunto Decreto de Adhesión Plan Secuencial de Apertura de Actividades Económicas y los protocolos establecidos.











