De la Espriella levanta la suspensión general al porte de armas en Colombia: ¿qué cambia y cuáles son los riesgos?

2026-09-09 12:08:29 - MUNDO

El Gobierno de Abelardo de la Espriella levantó la suspensión general que durante casi once años había limitado el porte de armas de fuego en Colombia. El cambio quedó establecido en el Decreto 1368, publicado el martes y con entrada en vigor este miércoles 9 de septiembre.

La decisión cumple una de las principales promesas de campaña del presidente, que ha defendido de manera reiterada que los ciudadanos que cumplen la ley no deberían quedar en desventaja frente a delincuentes armados.

"Durante años se restringió al ciudadano que cumple la ley mientras los criminales siguieron armándose ilegalmente hasta los dientes. Eso tiene que cambiar", afirmó el mandatario al anunciar la medida.

El Gobierno insiste en que el decreto no crea un derecho general a portar armas, sino que termina con la suspensión general y permite que vuelvan a tener eficacia los permisos individuales de porte que se encuentren vigentes.

En otras palabras, no se pasa de un sistema de armas prohibidas a uno de armas de libre acceso.

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La legislación colombiana diferencia entre tenencia y porte. La tenencia permite conservar un arma en un lugar autorizado, mientras que el porte permite llevarla consigo. Una persona puede tener autorización para conservar un arma sin estar autorizada para llevarla por la calle.

El sistema colombiano exige permisos expedidos por las autoridades y mantiene requisitos de aptitud física y mental, además de controles sobre los antecedentes y las circunstancias que justifican la autorización.

Por eso, levantar la suspensión del porte no convierte automáticamente un permiso de tenencia en uno de porte.

Tampoco recuperan su validez los permisos vencidos, cancelados, revocados o suspendidos individualmente, ni las armas sometidas a medidas judiciales o de decomiso.

El Gobierno calcula que existen alrededor de 700.000 armas legales con permisos de tenencia y porte en Colombia. La decisión afecta fundamentalmente a quienes ya disponen de una autorización de porte vigente y que, durante la suspensión general, necesitaban una autorización adicional para poder llevar consigo el arma.

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El cambio fundamental es la desaparición de la suspensión general. Desde 2015, los presidentes Juan Manuel Santos, Iván Duque y Gustavo Petro mantuvieron, con sucesivas prórrogas, una política que convertía la restricción del porte en la regla general. Los titulares de permisos podían solicitar autorizaciones especiales en determinadas circunstancias, pero portar el arma no era, en términos generales, la situación ordinaria.

El Decreto 1368 invierte esa lógica: los permisos de porte que estén vigentes recuperan su eficacia sin que sus titulares tengan que obtener una autorización especial adicional.

No cambia, sin embargo, el principio básico de que el porte de armas por particulares está sometido a autorización estatal.

Tampoco desaparecen los requisitos previstos por el régimen establecido en el Decreto Ley 2535 de 1993. Para adquirir legalmente un arma siguen siendo necesarias las autorizaciones correspondientes y el cumplimiento de las condiciones exigidas por la normativa colombiana.

Por tanto, no equivale a una venta libre de armas ni a la implantación en Colombia de un modelo similar al de las jurisdicciones estadounidenses con una protección constitucional especialmente amplia del porte de armas.

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La suspensión general comenzó durante el Gobierno de Juan Manuel Santos y se consolidó como una política de seguridad pública en un momento en que Colombia avanzaba hacia el acuerdo de paz con las FARC.

La lógica de sus defensores era que reducir la cantidad de armas que circulaban legalmente entre civiles podía contribuir a disminuir los homicidios y otros episodios violentos.

La política sobrevivió a los cambios ideológicos de la Casa de Nariño: tanto el Gobierno de derecha de Iván Duque como el Gobierno de izquierda de Gustavo Petro mantuvieron la suspensión.

Ahora, el argumento central de De la Espriella es el contrario: si los delincuentes consiguen armas ilegalmente, impedir que ciudadanos autorizados puedan llevar las suyas les deja en una posición de vulnerabilidad.

El presidente ha presentado la medida como una cuestión de legítima defensa y ha resumido su posición con una fórmula política que ha utilizado en campaña: las armas deben estar en manos de "ciudadanos de bien".

De la Espriella sostiene que el problema fundamental de Colombia no son los ciudadanos que poseen armas legalmente, sino las organizaciones criminales que disponen de arsenales ilegales.

El presidente afirmó que entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026 las autoridades habían incautado unas 15.700 armas de fuego, de las cuales 14.179 estaban relacionadas con delitos. Según sus datos, entre ellas había armas vinculadas a las disidencias de las FARC, el Clan del Golfo y el ELN.

Su tesis es que el Estado debe concentrar sus esfuerzos en retirar las armas a los grupos criminales y no en impedir que los ciudadanos autorizados puedan defenderse.

Durante la firma del decreto también aseguró que el 99,9 % de los delitos se cometen con armas sin permiso. Esa cifra, sin embargo, fue presentada por el propio presidente sin identificar públicamente una fuente oficial que permita verificarla.

Aquí aparece el principal punto de fricción entre los defensores y los críticos de la medida.

Para quienes apoyan el porte, un ciudadano legalmente armado puede responder ante una amenaza que la Policía no está en condiciones de atender de inmediato. Bajo esta visión, prohibirle portar el arma no elimina el riesgo criminal: simplemente deja al delincuente armado y al ciudadano indefenso.

Los críticos plantean el problema desde el otro extremo: en una situación de miedo, confusión o ira, introducir un arma de fuego puede transformar una amenaza o una pelea en un episodio mortal.

En entrevista con France 24 Ariel Ávila, senador de Alianza Verde, señala que Colombia ya recorrió un camino parecido y que los resultados fueron trágicos. Recuerda que durante los años noventa se flexibilizó significativamente la entrega de armas y vincula aquel contexto con la aparición de estructuras de seguridad privada que posteriormente estuvieron relacionadas con el fenómeno paramilitar.

Su conclusión es que la experiencia colombiana debería llevar a extremar, no a reducir, los controles.

Uno de los principales argumentos de los detractores del decreto es que una parte del armamento ilegal no necesariamente nace ilegal.

Un arma puede ser adquirida legalmente y terminar posteriormente en el mercado clandestino después de un robo, una pérdida, una venta irregular o su transferencia a un tercero.

Ávila asegura que en Colombia existen problemas para realizar un seguimiento adecuado de las armas una vez que han sido entregadas a particulares. Según el senador, una investigación que adelanta el Congreso ha encontrado casos en los que personas denuncian posteriormente el robo o la pérdida de armas que habían recibido legalmente.

El problema, por tanto, no sería únicamente cuántas armas se entregan, sino qué ocurre con ellas durante toda su vida útil.

La trazabilidad resulta especialmente relevante en un país con una importante circulación de armas ilegales y con grupos armados y organizaciones dedicadas al narcotráfico.

Es un escenario incierto. Levantar la suspensión no significa por sí mismo que la violencia vaya a aumentar, ya que el decreto mantiene controles y afecta principalmente al porte de armas que ya cuentan con permisos vigentes. Pero sí modifica la cantidad de armas legalmente disponibles para ser llevadas en espacios públicos, y eso puede tener consecuencias sobre distintos tipos de violencia.

El debate científico y de política pública gira alrededor de una cuestión fundamental: si el efecto disuasorio de un ciudadano armado frente a un delincuente compensa los riesgos adicionales derivados de que haya más armas disponibles en situaciones cotidianas.

Los críticos destacan especialmente las riñas, los conflictos vecinales, los accidentes y otros episodios que no necesariamente están relacionados con el crimen organizado.

En ese sentido, la pregunta no es solamente si un arma puede servir para repeler un robo, por ejemplo, sino también qué ocurre cuando dos personas armadas se enfrentan durante una disputa que inicialmente no tenía por qué terminar en un homicidio.

Ávila sostiene que Colombia ya tiene una experiencia histórica que debería desaconsejar una relajación de los controles. También menciona el caso reciente de Ecuador como un ejemplo regional que, a su juicio, muestra los riesgos de facilitar el acceso a armas, aunque la relación causal entre las políticas de armas y la evolución de la violencia en ambos países requiere un análisis más amplio.

El precedente colombiano pesa en el debate. Para Ávila, la cuestión va más allá del derecho individual a defenderse.

Colombia ha pasado las últimas décadas intentando reforzar el monopolio estatal de la fuerza mediante procesos de desmovilización y acuerdos con organizaciones armadas. El senador considera contradictorio que, después de esos procesos, el Estado incentive nuevamente la capacidad de los particulares para ejercer la fuerza.

El riesgo, según esta visión, es que el porte de armas termine favoreciendo la creación de grupos de defensa vecinal o estructuras civiles armadas, especialmente en zonas donde la presencia estatal es débil.

El propio Ávila advierte de que Colombia carece de mecanismos suficientemente robustos para saber, con el paso del tiempo, cuántas armas inicialmente legales terminan en manos de grupos criminales o de organizaciones de defensa privada.

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La expresión utilizada por el presidente también es objeto de controversia. Desde el punto de vista jurídico, no existe una categoría de "ciudadano de bien" que sustituya los requisitos objetivos necesarios para obtener un permiso. La autorización debe basarse en criterios establecidos por la ley, no en una valoración política o moral de la persona.

Ávila cuestiona precisamente esa formulación. A su juicio, un Estado debe decidir quién puede portar un arma mediante procedimientos verificables —antecedentes, evaluaciones y controles— y no mediante una distinción entre ciudadanos "buenos" y "malos".

Archivo: personas con mascarillas caminan por una calle durante el brote de coronavirus, en Bogotá, Colombia, 27 de julio de 2020.

También señala que superar una evaluación inicial no garantiza que una persona vaya a mantener las mismas condiciones durante los años de vigencia del permiso.

En términos jurídicos, el decreto devuelve eficacia a los permisos individuales vigentes. En términos políticos y de seguridad, supone un cambio mucho más profundo: Colombia abandona una política nacional que durante casi once años había convertido la suspensión general del porte en la regla.

Eso no implica que cientos de miles de colombianos puedan adquirir mañana un arma sin controles. Tampoco significa que todos los propietarios de armas puedan llevarlas consigo.

Pero sí cambia el punto de partida: el Estado deja de considerar suspendido de manera general el ejercicio de los permisos de porte y vuelve a un sistema en el que esos permisos pueden utilizarse, salvo las restricciones específicas que correspondan.

El resultado dependerá, en buena medida, de cómo funcionen los controles posteriores: quién puede portar, cómo se vigila el cumplimiento de las condiciones, cómo se reportan las armas perdidas o robadas y hasta qué punto las autoridades pueden rastrear las armas que aparecen posteriormente en delitos.

El decreto resuelve una disputa política que llevaba años pendiente, pero abre otra mucho más difícil de responder: ¿tener más ciudadanos legalmente armados hace a Colombia más segura o aumenta las posibilidades de que un conflicto termine en violencia letal?

El Gobierno de De la Espriella parte de la premisa de que un ciudadano armado y responsable puede disuadir o enfrentar a un delincuente. Sus críticos consideran que esa misma arma puede terminar robada, desviada al mercado ilegal o utilizada impulsivamente en un conflicto cotidiano.

La experiencia colombiana de las últimas décadas ofrece argumentos para ambos lados, pero también una advertencia común: el efecto de una política de armas no depende únicamente de cuántas autorizaciones se conceden, sino de la capacidad del Estado para controlar, rastrear y retirar esas armas cuando dejan de estar bajo las condiciones que justificaron su autorización.

El levantamiento de la suspensión, por tanto, no es una liberalización absoluta del mercado de armas. Es el abandono de una política de restricción general y el regreso a un modelo basado en permisos individuales. 

La verdadera prueba para el Gobierno será determinar si ese modelo consigue ampliar la capacidad de defensa de los ciudadanos sin ampliar al mismo tiempo las oportunidades para la violencia y el desvío de armas hacia el crimen organizado.

Con EFE y medios locales

Fuente: france24.com
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